DECISION
En torno a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su incompetencia territorial para el conocimiento de la presente apelación. Así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior Declina su competencia al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo para el conocimiento de la presente apelación. Así se decide.
TERCERO: Remítase el expediente en la oportunidad legal correspondiente