este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE CANCELACIÓN, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el litigio, en aplicación del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; En consecuencia, SE SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha 07-11-2006, según oficio N° 2006-2059, sobre los inmuebles signados con los números 4, 35, 37, 39, 41, 44, 102 y 105 del Parcelamiento del Conjunto Residencial "El Portal", ubicado en la población de La Puerta, Municipio Valera, Estado Trujillo, propiedad de la codemandada ASOCIACIÓN CIVIL PRO DESARROLLO Y VIVIENDA DE LA PUERTA, según consta de documento registrado en la Oficina Subalterna de Registro de los Municip.....