En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR: ADMITE, la acusación presentada por la Fiscal IX del Ministerio Público de este Circuito Judicial, contra el ciudadano GUSTAVO ADOLFO ARAUJO PAREDES, por la comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en los artículos 409 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en agravio de la adolescente Adriana de los Santos, ya que cumple con los requisitos que establece el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. Respecto a las pruebas presentadas, señaladas la utilidad, necesidad y pertinencia para el juicio oral y público, es por lo que se admiten las mismas. EN SEGUNDO LUGAR: SE CONDENA de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal al preidentificado acusado GUSTAVO ADOLFO ARAUJO PAREDES, nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de iden.....