Por cuanto en la decisión de admisión de fecha 01 de diciembre de 2017, que corre del folio tal al tal, el presente expediente 0991 contentivo de Recurso de Nulidad , presentado por la Abogada HELEN KATHERINE BERMUDEZ ROA, actuando como apoderada judicial del ciudadano CANDELARIO BARRIOS PIMENTEL, contra el Acto Administrativo a través del cual el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), en reunión Número ORD 731-16, de fecha 07 diciembre de 2016, antes identificado en actos; en el dispositivo SEGUNDO del auto de Admisión, por error involuntario se menciono que la causa quedaría suspendida por noventa (90) días continuos de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Reformada Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, siendo que lo correcto es el artículo 108 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, número 6220 de fecha 15 de Marzo de 2016, se hace la presente aclaratoria a los fines de subsa.....