Este Juzgado N° 4 en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrado Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a la PRIVACION DE LA LIBERTAD, previsto en el artículo 256 0rdinales 3°, 4° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, por solicitud Fiscal del Ministerio Público a favor del ciudadano JHOAN ARROYO PEREZ, por la presunta comisión del delito de HURTO EN GRADO DE FRUSTRACION y LESIONES MENOS GRAVES previsto y sancionados en los artículos 453, en concordancia con el artículo 80 y 445 del Código Penal vigente, ordenándose la tramitación de la causa por el procedimiento ordinario. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese los oficios correspondientes. Regístrese y cúmplase