DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARACHE, CANDELARIA Y JOSE FELIPE MARQUEZ CAÑIZALEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos HENRY RAFAEL RIVERO SANCHEZ y YANETH SOFIA MANZO SANCHEZ, ambos plenamente identificados en autos.- En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído en fecha treinta (30) de Noviembre de mil novecientos noventa (1.990), por ante el ciudadano P. Víctor Roca Roibas, C.I. 14.264.011, Autorizado por el Gobernador del Estado Trujillo, Resolución N° P.40, de fecha 10-10-90, en El Vigía, Municipio Cuicas, Estado Trujillo, según se evidencia del acta matrimonial signada con el N° 53, Inserción N° 30, que corre inserta al folio 02 de la Solicitud.- ASÍ SE DEC.....