Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara:
PRIMERO: Se Declara de Oficio LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, por falta de impulso procesal, en el presente juicio por PARTICION DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA, intentado por el abogado en ejercicio CESAR PAUL ROMERO MADRID, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 77.515, en su condición de apoderado judicial de la coheredera OFELIA MARÍA BARRETO MORA, titular de la cédula de identidad números 4.315.977, y en representación sin poder conforme el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil del coheredero ALEXANDER DE JESUS BARRETO MORA, titular de la cédula de identidad número 5.781.476, en contra de sus coherederos WILMER JOSÉ BARRETO MORA y MARY LUZ BARRETO MORA, t.....