HOMOLOGADO el acuerdo celebrado entre el ciudadano LISANDRO ANDRES RODRIGUEZ BRITO, venezolano, mayor de edad, jurídicamente capaz, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.694.613 y la Sociedad Mercantil C.A. CENTRAL LA PASTORA, de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1713 del Código Civil Venezolano. Así se decide.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión en la que las partes comprometieron sus derechos. Así se decide.-