Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la solicitud de medida de suspensión de los efectos de la providencia administrativa Nº 070-2014-086 de fecha 12/05/2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo, con sede en Valera, Estado Trujillo, contenida en el expediente administrativo Nº 070-2014-01-00244, solicitada por la parte recurrente la entidad de trabajo LUBRICANTES LA MARCHANTICA, C.A.