Con sustento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud del abogado en ejercicio OMER LEONARDO SIMOZA, defensor técnico del acusado RODRIGO JOSÉ VALERO, plenamente identificado en autos, de que se revise la medida cautelar de presentaciones cada ocho (8) días y se amplié el lapso de dichas presentaciones, y en consecuencia, MANTIENE la referida medida cautelar bajo las mismas condiciones impuestas en la audiencia preliminar celebrada el 22 de octubre de 2007 por el Juez de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: APERCIBE al acusado RODRIGO JOSÉ VALERO para que dé fiel cumplimiento a las presentaciones cada ocho (8) días a las cuales está obligado, bajo la expresa advertencia de que la reiteración de tal conducta omisiva aca.....