este Juzgado Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara su INCOMPETENCIA PARA CONOCER LA PRESENTE CAUSA POR EL TERRITORIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 y 769 ambos del Código de Procedimiento Civil, 445 del Código Civil y 174 de la ....