Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana BEATRIZ YAJAIRA COROMOTO TERÁN DE PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.768.063, asistida por el Procurador de Trabajadores Abogado RUBÉN DARÍO RONDON GRATEROL, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado, (I.P.S.A.) bajo el Nº 38.886; contra la FUNDACIÓN MISIÓN RIBAS, representada legalmente por el ciudadano ORLANDO RAMÓN ORTEGANO QUEVEDO, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo. No se condena en costas a la parte demandada. Publíquese y Regístrese.