PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento de nulidad de acto administrativo, formulado por el Abg. CARLOS ALBERTO RODRÍGUEZ CALDERÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.262.754 e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 102.927, en su condición de apoderado judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL CONCENTRADOS VALERA, C. A., (CONVACA), inscrita bajo el N° 24, Tomo XXVI del Libro de Comercio que llevaba el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, en fecha 06/12/1971. SEGUNDO: Se le otorga el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Se ordena el archivo definitivo del presente asunto.