DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 1, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano Anderson David Pérez Linarez, anteriormente identificado, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, a cumplir la pena de Un (01) año y Seis (06) meses de prisión, por los hechos que quedaron demostrados en el debate Oral y Publico a través de las medios probatorios aportados por las partes y en virtud del principio de la comunidad de la prueba, en aplicación del procedimiento establecido en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se mantiene la medida cautelar contenida en los ordinales 3º y 9º del art. 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual fue revisada en el acto. Se ordenó su libertad desde la sala. L.....