Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se PRACTICA COMPUTO a la pena impuesta al ciudadano JORGE LUIS CHIRINO, venezolano, nacido en Sabana de Mendoza el 28-01-77, cédula de identidad N° 15294641, hijo de Juana Chirinos, residenciado en Santa Apolonia, calle el acueducto, al lado de la bloquera estado Trujillo, previa acumulación de las causas Nos TP01-P-2006-3053 y TP01-2007-92, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE COMETIDO EN RIÑA, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 407 en relación con el 424, 277 y 218.1 todos del Código penal, en cuya resolución se estableció como total de pena acumulada de NUEVE AÑOS NUEVE MESES ONCE DIAS Y SEIS HORAS DE PRISION, de conformidad.....