Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara sin lugar la prescripción de la acción opuesta por la parte demandada.
SEGUNDO: Se declara con lugar la demanda presentada, y se condena a la parte demandada a pagar la prestación de antigüedad y sus intereses, así como las vacaciones; bono vacacional vencidos y fraccionados, utilidades y utilidades fraccionadas indicados en la parte motiva de esta decisión que se dan aquí por reproducidos.
TERCERO: Se condena en costas a la demandada por el vencimiento total.