Visto el convenimiento que antecede celebrado entre las partes en fecha 01 de Diciembre de 2006, cursante a los folios 35 y 36 del presente expediente, este Tribunal de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación, homologando dicho convenimiento y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, absteniéndose el archivo definitivo del presente expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento del convenimiento en mención.
EL JUEZ
ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA
ABG. ESTHER JANETH MALDONA.....