Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 12 de agosto de 2.014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la misma decisión de fecha 12 de agosto de 2.014.
TERCERO: Se MODIFICA, la decisión recurrida. En consecuencia, se ordena a la demandada pagar solo los conceptos de: jubilación convencional, indemnización por enfermedad ocupacional e intereses moratorios e indexación judicial en los términos en que fueron condenados por el A quo.
CUARTO: CON LUGAR la demanda incoada.
QUINTO: Se condena a la demandada a las costas del proceso.....