Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara:
PRIMERO: Sobreseído el presente procedimiento de Solicitud de Inspección Judicial, presentada por el ciudadano ERSO JOSÉ DÍAZ PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.953.195, asistido por el abogado en ejercicio ANDY ASDRÚBAL ROJO CHIRINOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 103.148; de conformidad con lo establecido en el artículo 901 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de la oposición presentada. Así se decide.
SEGUNDO: No se condena en costas. Así se decide