DECISION
En consideración de los fundamentos de hecho y de derecho que se han expuesto en el presente fallo, este Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo agrario de nulidad interpuesto por la Corporación Gremial del Colegio de Abogado a través de su apoderado judicial, abogado Jesús Jiménez Peraza, contra el acto administrativo de efectos particulares y de naturaleza agraria dictado por el Directorio Nacional del Instituto Nacional de Tierras, mediante el cual: Se declaran ociosas e incultas las tierras que componen la "Hacienda San Ivón"; ubicada en el Asentamiento Campesino Tarabana, Sector El Encanto, Parroquia Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara. Así se decide.
SEGUNDO: se declara nulo y sin ningún efecto jurídico el acto administrativo supra identificado. Así se decide.
TERCERO: se garantiza el efectivo goce .....