Con base en los razonamientos explanados, este tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la ley de protección de victimas, testigos y demás sujetos procesales, en concordancia con los artículos 285 constitucional y 11 del código orgánico procesal penal, decreta el cese de la medida de protección acordada a la ciudadana MARITZA DEL CARMEN DELGADILLO TERAN, ordenando notificar a la Unidad de Protección a la víctima y remitirle copia certificada del presente auto.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Trujillo, 06 de Mayo de 2009.
El Juez de Control N ª 01
José Daniel Perdomo Durán
El secretario