como quiera que este juzgador mediante decisión de fecha 26 de mayo de 2025 ha declinado la competencia al Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente, en sala de juicio de esta Circunscripción Judicial, y vista la solicitud de Regulación de competencia planteada es necesario que se determine con precisión la competencia del presente asunto, razón por la cual se hace saber a las partes que la causa queda SUSPENDIDA, hasta tanto sea resuelta la Regulación de Competencia solicitada; en consecuencia ordena remitir con oficio copias certificadas del expediente al Juzgado Superior Civil, de esta Circunscripción judicial para lo cual se emplaza a la parte interesada a que consigne las mismas. Ofíciese