Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 21 de mayo de 2009, por la abogada Meisabel Laversa Gutierrez, contra la decisión dictada en fecha 18 de mayo de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. En consecuencia, se repuso la causa al estado de que el tribunal de primera instancia se pronuncie sobre la pretensión de desalojo interpuesta por los ciudadanos GIUSEPPE LAVERSA BURZI, SUSANNA LAVERSA BURZI y MAURO LAVERSA BURZI, contra la ciudadana ANA CAROLINA BEHRENDS BERTRAN. Quedó asi ANULADA la sentencia dictada en fecha 18 de mayo de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.