DISPOSITIVA
Por las razones expuestas Este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Juicio ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta: Declara con lugar lo solicitado por el Ministerio Publico, en consecuencia, se dicta "Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad" en contra del ciudadano: ROMULO ANTONIO AZUAJE BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.393.123, soltero, de profesión no definida, residenciado en el Sector las Cocuizas, vía Panamericana, específicamente al lado del restaurante Agua Santa, Parroquia El Dividive, Municipio Miranda del Estado Trujillo de conformidad con el numeral 3 del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 251 numerales 3 y 4 ejusdem, a los fines de que de cumplimiento a los actos del proceso que se le sigue por este Tribunal por los delitos de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte d.....