Se designa TUTOR DEFINITIVO al ciudadano OMAR ANTONIO GARCIA MORALES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio., titular de la Cédula de Identidad N° 4.386.381. Como PROTUTOR al ciudadano ARGENIS RAFAEL GARCIA MORALES, con Cédula de Identidad N° 3.538.944 y los ciudadanos LILIA MARTINEZ DE GARCIA, KENIA TAMAY VELIZ GARCIA y ANGELICA LILIANA GARCIA MARTINEZ, venezolanas, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros. 10.840.017, 15.351.088 y 18.450.143, respectivamente, como miembros del Consejo de Tutela, quienes comparecerán ante este tribunal a prestar juramento de ley. Advirtiéndosele que de conformidad con los artículos 414 y 507 del Código Civil, una vez que acepten el cargo y presten el juramento de Ley deberá registrar su discernimiento en la Oficina de Registro Público del domicilio del entredicho, dentro de los quince días a contar de la fecha en que entre en función, e igualmente a partir de dicho lapso deberá ser publicado el presente decreto judicial en el Diario "LA P.....