Se deja sin efecto el reconocimiento hecho por el ciudadano LUÍS JOSÉ GODOY como padre de la niña (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA); y cual consta en la partida de nacimiento N° 1033, de fecha 29 de mayo de 2008, llevada ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Trujillo, Estado Trujillo. Por cuanto quedó demostrado en el presente procedimiento que él no es el padre biológico de la referida niña.