Por las razones expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley imparte su homologación a la transacción celebrada en cumplimiento de la cosa juzgada contenida en la sentencia definitiva firme publicada por este tribunal el 28 de abril de 2009 y, como quiera que se ha verificado la ejecución plena y voluntaria de la transacción celebrada, ordena el archivo definitivo del expediente.