Bajo los fundamentos anteriormente establecidos este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución de Penas Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, siendo procedente se declara formalmente el levantamiento de la obligación de presentaciones del penado JOSE ELEAZAR CHACÓN, titular de la Cédula de Identidad N° 4.663.376, ante este Tribunal cada dos meses en consecuencia se acuerda oficiar a la Unidad Técnica del Estado Táchira participándole de lo resuelto y al Tribunal de Vigilancia a los fines de ser impuesto de la referida decisión, debiendo remitirse copia certificada de la presente decisión. Publíquese y cópiese.