En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO El Recurso de Apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión de fecha 08 de junio de 2012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta Coordinación Laboral.
SEGUNDO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento y de la acción intentada por los ciudadanos ALVIS JOSÉ HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, ENDER JOSÉ TERÁN PÉREZ, JUAN JOSÉ PEÑA GARCÍA, ENDER JONÁS MARTÍNEZ, JOSÉ MIGUEL QUINTERO, DELSO RAFAEL CASTILLO CASTILLO, EUDORO FELIPE ALVARADO ROJAS, EUDOMAR YÁNEZ PERNALETE, JOSÉ GREGORIO USECHE GARCÉS, y RENNY JESÚS GÓMEZ LOBATÓN contra la sociedad mercantil KRAFT FOODS VENEZUELA, C.A.
TERCERO: No hay condenatoria en Costas, dadas .....