III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar la apelación ejercida por la abogada MARIELENA ORTA, inscrita en Inpreabogado bajo el número 23.654, apoderada judicial de la empresa ASEGURADORA LA OCCIDENTAL C. A., parte demandada, en fecha 27 DE Julio de 2006.
Segundo: Se Confirma en todas y cada una de sus partes la decisión apelada.
Tercero: Se condena en costas a la parte apelante perdidosa, en la presente causa, con fundamento en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Cuarto: Se ordena la notificación de las partes.
Publíquese, notifíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa el presente expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y se.....