Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión de fecha 10 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la misma decisión de fecha 10 de diciembre de 2013.
TERCERO: Se MODIFICA la decisión recurrida, en consecuencia, se ordena pagar las cantidades indicadas en la parte motiva de la presente decisión.
CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.
QUINTO: No hay condenatoria en costas del recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEXTO: No hay condenatoria e.....