este Tribunal administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: EL DECAIMIENTO DE LA APELACION interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada contra el fallo dictado en fecha 09 de octubre de 2006, por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual declaró Con Lugar la demanda. En consecuencia se ordena la remisión de este expediente al Juzgado antes mencionado, a los fines de la continuación del presente juicio, por los trámites legales respectivos.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y déjese la copia certificada a la cual hace especial referencia el Artículo 248 de la norma en comento y devuélvase el Expediente el Tribunal A Quo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 283 del citado Código, no hay condenatoria en costas en esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS .....