Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por el Artículo 138 del Código Civil, AUTORIZA al ciudadano LUIS ALFREDO ARISMENDI SUAREZ, antes identificado a mudarse de su hogar conyugal a la siguiente dirección: En la Urbanización Brisas de Carorita, calle 8 A, casa Nro. 111, en el Cují, en esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara.