Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos ROBERT ALEXANDER VALERA LINARES y JEANETTE DEL CARMEN VALERA LINARES, venezolanos, mayores de edad, soltero el primero, divorciada la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.912.557 y V-10.912.488, domiciliados en esta ciudad de Valera del Estado Trujillo, quienes se encuentran asistidos por el abogado en ejercicio JOHNNI NEGRON SALAS., venezolano, mayor de edad, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 16.009, domiciliado en el Edificio "GREVEN". Piso 10, Apartamento A-10, entre
calle 08 y Avenida 9, Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera Estado Trujillo, en contra de la ciu.....