según lo establece el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cesando la Obligación de Manutención que prevé la ley citada y el artículo 282 del Código Civil.- En consecuencia se acuerda notificar a los ciudadanos: JOHNNY ALBERTO CASTELLANO ROSALES y JOHNNY ALBERTO CASTELLANOS CORDERO, de esta decisión.- ASI SE DECIDE.-
La Juez Provisoria
Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.