Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por las abogadas LUISA GIOCONDA YASELLI y LAURA CAPECCHI, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de la ciudadana MARÍA ALEJANDRA ROJAS, todas plenamente identificadas en el encabezo del presente fallo, en contra de la CORPORACIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES LIBERTADOR, S.A.
SEGUNDO: DECLINA la competencia para conocer de la presente causa en los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al cual corresponda, previa su distribución.