Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio en Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad concedida por la Constitución y la Ley Decide: INADMISIBLE el amparo constitucional interpuesto por la ciudadano LUIS ALBERTO SALERO, titular de la cedula de identidad V- 10.775.458, contra CENTRAL AMIDERENSE C.A. de conformidad con el Criterio vinculante de nuestro Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional tal y como se indico ut supra. Así se decide.