Por lo anterior expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 164 único aparte, y la Sentencia No 3744 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 22 de diciembre de 2003 (caso: "Raúl Mathison") y el artículo 26 y 49 numeral 3º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ASUME el poder jurisdiccional, se PRESCINDE de los jueces escabinos y se CONSTITUYE como TRIBUNAL UNIPERSONAL, en la causa seguida a el acusado RIGOBERTO JESUS VARGAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.035.385, el cual es procesado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, HOMICIDIO CALIFICADO, en grado de responsabilidad correspectiva, previsto en el artículo 408 ordinal primero, en relación con el artículo 426 del Código Penal. Se ordena fijar fecha para realizar el juicio y no.....