Por los argumentos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción merodeclarativa de reconocimiento unión concubinaria entre los ciudadanos: SOLEIRA DEL CARMEN ESCALONA Y ELBANO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 5.787.003 y 3.212.315, respectivamente.
SEGUNDO: Se deja constancia de que el presente fallo se dictó dentro del lapso legal.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en el despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción J.....