En razón de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR, la apelación ejercida por el Abogado LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la demandante, ciudadana MARLY JOSEFINA BASTIDAS NÚÑEZ, ya identificada, contra el auto de fecha 11 de Abril de 2006 dictado por el A quo, a través del cual negó el decreto de las medidas cautelares solicitadas por el prenombrado apoderado de la actora.
Se confirma el auto apelado.
Dada la naturaleza de este fallo, no hay especial condenatoria en las costas.
Regístrese y publíquese la presente sentencia.
Bájese este expediente al Tribunal de origen, en la oportunidad de Ley.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circu.....