DECISION
Por todo lo expuesto este Tribunal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Sección Adolescentes de la Ciudad de Carora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia ordena que los adolescentes: RESERVADO plenamente identificado cumpla la SANCION de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, que "consisten en tareas de interés general que el adolescente debe realizar, en forma gratuita, por un periodo que no exceda de seis meses durante una jornada máxima de ocho horas semanales, preferiblemente los días sábados, domingos y feriados, o en días hábiles pero sin perjudicar la asistencia a la escuela o jornada normal de trabajo" conforme a lo establecido en el artículo 620 en su literal "C" en relación con el artículo 625 de la Ley orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes por el lapso de Seis (06) Meses la cual será cumplida en un Siti.....