DISPOSITIVA
Por lo expuesto, este Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: Que La solicitud realizada por la parte Fiscal, fue presentada oportunamente en fecha seis de diciembre de dos mil diez. SEGUNDO: Declara Con Lugar la solicitud de prórroga hecha por el ciudadano Fiscal II del Ministerio Público, y fija el plazo de quince (15) días continuos, para que el representante de la Vindicta Pública, presente el acto conclusivo respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al ciudadano José Florentino Chasoy Chasoy, ut supra identificado, por la presunta comisión del delito de Robo Genérico, tipificado en el artículo 455 del Código Penal, debiendo presentar acto conclusivo a mas tardar el día veintisiete (27) de diciembre de 2010. Regístrese. Notifíquese a las partes .....