D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la demandada contra el auto dictado por el A quo en fecha 27 de marzo de 2017.
Se ANULA el acuerdo alcanzado por las partes en diligencia de fecha 3 de febrero de 2017, mediante el cual dieron por terminado el presente proceso, así como también el auto de fecha 9 de febrero de 2017, mediante el cual el A quo homologó tal acuerdo, y las demás actuaciones procesales subsiguientes.
Se REPONE el presente procedimiento al estado de que el A quo se pronuncie sobre la admisión o no de la demanda que dio origen al presente procedimiento.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístres.....