Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, revisadas las presentes actuaciones y escuchadas las partes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Primero: La presente solicitud obedece a la entrega de un vehiculo con las siguientes características: marca chevrolet; Modelo corsa; clase automóvil; tipo coupe, uso particular color azul, año 2005, placas MEA-42J, serial de carrocería 8Z1SC21Z05V321920, serial del motor 95V321920, para lo cual corre a los folios 41 al 43, dictamen pericial de reconocimiento de seriales del vehiculo en donde se deja constancia que tanto el serial de carrocería como el serial del motor se encuentran falsos, que el serial de seguida se encuentra desvastado y que el vehiculo no se encuentra registrado en el Sistema de Parque Automotor Venezolano, ahora bien al evidenciarse el estado actual en el que se encuentra el vehiculo, así como al proceder a someterse a estudio al certificado de registro.....