III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte querellada, contra la decisión dictada por el A quo en fecha 21 de Marzo de 2011.
Se declara CON LUGAR el presente interdicto de amparo a la posesión interpuesto por la ciudadana María Rosa Amparo Cuevas de Soler contra los ciudadanos Domingo Antonio Áñez y Domingo Antonio Áñez Terán, todos identificados en autos.
Se ORDENA, en consecuencia, a los ciudadanos Domingo Antonio Áñez y Domingo Antonio Áñez Terán abstenerse de perturbar a la querellante, ciudadana María Rosa Amparo Cuevas de Soler, en la posesión que ejerce sobre el inmueble formado por un lote de terreno ubicado en el sitio denominado Quebrada Seca, Jurisdicción del Mu.....