Por todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 294 y 296 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, ADMITE LA QUERELLA presentada por la ciudadana MIRIAN SILVA PEREZ VENTURA, venezolana, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad nro. 5.350.820, en contra del ciudadano TEODARDO ARTURO SIMMONS VIELMA, venezolano, mayor de edad, casado, quien se dedica al alquiler de inmuebles para eventos festivos t residenciales, titular de la cédula de identidad Nº 5.309.333 y domiciliado en el Manzano vía o Sector Enelbar, calle Los Ayamanes, Granja Monte Nivel" al lado de la Granja El Mirador, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren, de Barquisimeto, Estado, por la presunta comisión del delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal venezolano vigente, por cuanto la misma cumple .....