D E C I S I Ó N
Con fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA la competencia en el Juzgado Superior Séptimo Agrario de esta Circunscripción Judicial para conocer y decidir el recurso de apelación por virtud del cual fueron devueltas a este Juzgado Superior Civil las presentes actuaciones y, en consecuencia, se ordena remitir este expediente, con oficio, al preindicado Tribunal Superior Agrario. Anótese su salida.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la ciudad de Trujillo, el ocho (8) de Marzo de dos mil doce (2012). 202º y 153º.-
EL JUEZ SUPERIOR,
Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ
LA SECRETAR.....