En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA, PRIMERO: CON LUGAR la demanda de ACCION REIVINDICATORIA, incoada por el ciudadano CONSALES MONCADA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro: 11.264.552, contra el Ciudadano MANUEL NAIM, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.877.061, de este domicilio; SEGUNDO: En consecuencia al particular primero SE ORDENA al ciudadano MANUEL NAIM, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.877.061, que proceda a LA ENTREGA DEL INMUEBLE, constituido por una casa y el terreno sobre ella constituida, distinguida con el N° 14-53, ubicado en la calle 40, entre carreras 14 y 15, Parroquia Concepción del Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara, con Código Catastral N° 201153901700.....