D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la apelación ejercida por el Abogado Jesús Araujo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 88.608, apoderado judicial de la parte demandante ciudadano Francisco Javier Urdaneta Castillo, contra las decisiones de fechas 26 y 30 de enero de 2024, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en el presente juicio que por cobro de bolívares propuso en contra del ciudadano Miguel Eduardo Briceño Lugo en el expediente 29832.
Se REVOCA el auto dictado por el tribunal de la causa en fecha 9 de febrero de 2024, que oyó tal apelación.
No hay condena en costas, dada .....