DECISIÓN
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, resuelve: SE DECLARA LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA al penado ENGELVER WILLIANS ARAUJO TORRES, venezolano, cédula de identidad N° 18350098, nacido el 20-10-86, soltero, taxista, hijo de Willians Araujo y Xiomara Torres, residenciado en el sector San Miguel, casa sin número, parte baja, La Floresta, a 200 metros de la iglesia católica, casa de color marrón, Valera, Estado Trujillo, en un tiempo de CUATRO Y SEIS DÍAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el estudio y 508 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y notifíquese de la presente decisión. Practíquese nuevo cómputo de pena por Redención, impóngase al penado de la decisión y remítase copia certificada al Director del Internado Judicial de.....